Proceso de Paz: "No veo a la Corte Penal interviniendo en Colombia", Baltasar Garzón

En esta entrevista publicada en el diario EL TIEMPO, Baltasar Garzón, jurista y presidente de FIBGAR, hace un balance sobre el papel de la Justicia en el proceso de paz. Advierte que la paz en Colombia se debe alcanzar mediante el consenso, evitando la impunidad y escuchando y respetando todas las partes.
'No veo a la Corte Penal interviniendo en Colombia': Baltasar Garzón
El juez español Baltasar Garzón, una de las figuras de la justicia más respetadas en el mundo, les envía un mensaje claro a las Farc: someterse a algún tipo de proceso judicial por sus crímenes en el conflicto no es una opción que puedan aceptar o rechazar. Garzón, que realizará con la Universidad Externado varios encuentros académicos sobre el balance entre justicia y paz, habló con EL TIEMPO sobre los avances y el futuro del proceso de La Habana.
¿Hasta dónde se debe sacrificar justicia por paz?
Considero que no se debe hablar de sacrificio. Prefiero referirme al equilibrio entre dos máximas, cuando la protección o garantía de un derecho implique limitar en alguna medida la satisfacción de otro. No se trata de la negación del uno u otro, sino la ponderación que refleje la satisfacción de ambos derechos en distinta medida. Lograr el consenso colectivo de una ‘paz justa’ es complejo y el gran reto de la sociedad colombiana consiste en reconocer que el proceso de paz, esencialmente político, debe implicar ámbitos de acción judicial como parte de un proceso de integración al sistema democrático y del Estado de Derecho, que a su vez garantice los derechos de las víctimas y la sociedad en general.
Usted trabajó con el exfiscal Luis Moreno en la Corte Penal Internacional. ¿Un acuerdo de paz en Colombia que no incluya pena efectiva de la libertad tiene futuro?
El futuro de la paz de Colombia no depende exclusivamente del establecimiento de penas privativas de la libertad. Tampoco existe un estándar internacional que limite la efectividad de la pena a la pena privativa de libertad tradicional. Que tenga futuro el acuerdo de paz dependerá en primer lugar de la voluntad de las partes, y el honor que hagan al cumplimiento de las obligaciones que se deriven de él. También de la sociedad en su conjunto que vea en su concreción la oportunidad de transitar al fortalecimiento de las instituciones democráticas, inclusivas y garantistas. No se puede tergiversar el papel de la Corte Penal Internacional y su competencia ante el incumplimiento del deber de investigar y sancionar las más graves violaciones internacionales. Su rol proviene de una obligación contraída de manera voluntaria y convencional del Estado colombiano, el cual no limita la capacidad de crear medidas especiales de cumplimiento de penas, o penas alternativas, siempre y cuando estas sean efectivas y permitan contribuir a la garantía de los derechos de las víctimas, la verdad, y a garantizar la no repetición de los hechos atroces del pasado. Lo que se debe evitar es la impunidad.
La actual fiscal de la CPI, Fatou Bensouda, ha dicho que debe haber privación efectiva de la libertad para los máximos responsables...
La sanción como restricción a la libertad puede ser efectiva a través de condiciones especiales de reclusión y la combinación de distintas medidas alternativas, y extrajudiciales. Lo que en dado caso se evaluaría por la CPI sería la legitimidad de las medidas y su cumplimiento, que no represente una simulación al deber de investigar del Estado.
¿Ve algún escenario de intervención de la Corte Penal en Colombia?
En las condiciones actuales en que se está estructurando la negociación en La Habana y el marco constitucional que se ha adaptado para cumplir con los deberes del Estado, no. Existen algunos puntos álgidos en la negociación, que va a requerir sacrificios de posiciones radicales, bajo el entendimiento de la excepcionalidad y transicionalidad sin que eso implique impunidad. Muchos de los miembros de las Farc y sus máximos representantes han sido investigados y sancionados por el Estado colombiano, y se ha avanzado en el fortalecimiento de las capacidades investigativas de la Fiscalía General para afrontar la macrocriminalidad y los crímenes de sistema. En estricto sentido no se puede hablar de incumplimiento del deber de investigar o la falta de voluntad. Sin embargo, debe el proceso de paz garantizar la efectividad de las medidas que, como dije anteriormente, pueden ser objeto de condiciones especiales de cumplimiento.