BLOG > Sudáfrica se abre a la Jurisdicción Universal

“Las futuras relaciones exteriores de Sudáfrica se basarán en nuestra creencia de que los Derechos Humanos deben ser la preocupación central de las relaciones internacionales, y estamos listos para jugar un papel en el fomento de la paz y la prosperidad en el mundo que compartimos con la comunidad de naciones”. Con esta frase de Nelson Mandela comienza lasentencia con la que el Tribunal Constitucional de Sudáfrica abre el país a la Jurisdicción Universal.
El máximo tribunal del país ha ordenado la investigación de un caso de torturas en la vecina Zimbabue contra los miembros del partido opositor Movimiento por el Cambio Democrático. Desde la Fundación Internacional Baltasar Garzón celebramos esta decisión que sienta un precedente para la apertura del camino de la Jurisdicción Universal en el continente africano y su valor para la defensa de los Derechos Humanos.
Esta sentencia se produce tras más de seis años de disputas legales. En 2008, elSouthern Africa Litigation Center, organización que trabaja para la promoción de los Derechos Humanos y el Estado de Derecho en el África Austral, y el Zimbabwe Exiles Forum, creado para la defensa de supervivientes de violaciones de Derechos Humanos en Zimbabue, presentaron un informe ante la fiscalía y la policía de Sudáfrica con evidencias de la participación de dieciocho oficiales zimbabuenses en varios casos de tortura. Ambas organizaciones pretendían impulsar la investigación de los hechos en virtud de la Ley de Implementación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Sin embargo, tanto la fiscalía como la policía sudafricanas rechazaron investigar el caso. Ante esta negativa, el Southern Africa Litigation Center y el Zimbawe Exiles Forum recurrieron a los tribunales.
El conocido como “Caso de las Torturas en Zimbabue” comenzó en marzo de 2007 cuando la sede del Movimiento para el Cambio Democrático (MCD), opositor de la ZANU-PF del Presidente Robert Mugabe, sufrió una redada por parte de la policía de Zimbabue. En dicha redada, varios miembros y simpatizantes del partido fueron detenidos y supuestamente torturados por las fuerzas de seguridad por el simple hecho de pertenecer o apoyar al MCD. La represión en este país africano es algo habitual. Su presidente, Robert Mugabe, que lleva gobernando el país durante 34 años, ha sidosancionado por la Unión Europea por supuestos abusos contra los Derechos Humanos e irregularidades electorales.En mayo de 2012, el Tribunal Superior de Justicia de North Gauteng anuló la decisión de la fiscalía y la policía de no investigar pues consideraba que las autoridades sudafricanas no habían actuado en conformidad con sus obligaciones y que la decisión era ilegal e inconstitucional. A pesar de su contundencia, la sentencia fue recurrida ante la Corte Suprema de Apelación, quien, en noviembre de 2013, dictaminó que la policía de Sudáfrica tenía la obligación de investigar los crímenes sucedidos en Zimbabue. Finalmente, y ya en solitario, la policía recurrió esta última decisión ante el Tribunal Constitucional. El pasado 30 de octubre, el máximo tribunal de Sudáfrica, en un fallo unánime, llegó a la conclusión de que la policía tiene la obligación de investigar los presuntos crímenes de tortura producidos en Zimbabue en virtud de la Constitución, las obligaciones jurídicas internacionales de Sudáfrica y la ley sobre la adhesión a la Corte Penal Internacional. En el propio juicio, el tribunal señaló que Sudáfrica tiene la obligación de investigar cuando el país en el que se produce el delito no está dispuesto o es incapaz de investigar y concluyó que era poco probable que las autoridades de Zimbabue fueran a investigar los crímenes.
La reciente sentencia del Tribunal Constitucional de Sudáfrica viene a subrayar la importancia de la Jurisdicción Universal para la protección de los Derechos Humanos. La Jurisdicción Universal se presenta como una herramienta eficaz para que la respuesta a los crímenes internacionales sea más íntegra y satisfactoria. Desde la Fundación Internacional Baltasar Garzón no podemos si no celebrar este tipo de resoluciones que consolidan el compromiso internacional de luchar contra crímenes que por su naturaleza y gravedad dejan de incumbir a un Estado en particular para pasar a afectar a toda la humanidad en su conjunto. Es por tanto tarea de todos los Estados la persecución de los delitos internacionales así como evitar la impunidad de los perpetradores. Sin embargo, la realidad no es tan sencilla, puesto que las relaciones con aquellos Estados donde se hayan producido violaciones de los Derechos Humanos pueden ejercer diversas presiones para que no se aplique el principio de Jurisdicción Universal.
Cualquier Estado que se considere protector y defensor de los Derechos Humanos no puede quedarse de brazos cruzados, no puede permanecer inmóvil ante la comisión de torturas, desapariciones forzadas, asesinatos o genocidios en cualquier parte del mundo. Con todo, España ha reformado la ley que regula la Jurisdicción Universalreduciendo y condicionando los casos en los que se puede aplicar. Así, algunos como elcaso Tíbet sobre genocidio, tortura, terrorismo y crímenes de lesa humanidad han sido cerrados. Sin embargo, otros, como el caso Couso sobre violación del IV Convenio de Ginebra sobre protección de civiles en tiempos de guerra o el caso El Salvador sobre crímenes de lesa humanidad y terrorismo siguen abiertos.